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Políticas de Acoso Laboral – Seguridad y Salud en el Trabajo
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¿DEBO TENER UNA POLÍTICA DE ACOSO LABORAL EN MI EMPRESA?

 

En uno de nuestros anteriores Blogs tocábamos el tema del acoso laboral y el porqué del “estancamiento” de esta ley, así como la importancia de denunciarlo y el cómo identificarlo. Para reforzar este tema hoy les contamos sobre la Política de Prevención del acoso laboral.

 

Primero recuerde…

El acoso laboral es toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”. Ley 1010 de 2006.

¿Por qué crear una Política de Prevención del acoso laboral?

 

Teniendo en cuenta las recomendaciones de la Resolución 2646 de 2008, en cuanto a las medidas preventivas que puede aplicar la empresa para prevenir el acoso laboral, se encuentra “la formulación de una política clara dirigida a prevenir el acoso laboral que incluya el compromiso, por parte del empleador y de los trabajadores, de promover un ambiente de convivencia laboral”.

Sin embargo esta es solo una de las 8 medidas preventivas que se encuentran en la resolución.

Lo que nos indica que este asunto es de todos, formar una política estable dentro de las empresas es su responsabilidad y es mía, se necesitan ambientes sanos para ejercer nuestras labores. De otra manera ese siempre será un factor que no se denuncie y el miedo seguirá imperando.

 

Y ¿Cuál es la utilidad de esta Política?

 

En esta política su empresa puede establecer pautas básicas de conducta que promuevan un ambiente de convivencia laboral, prohibiciones y mecanismos de denuncia de casos por presunto acoso laboral, entre otros.

Es indispensable que dicha política sea divulgada a todos los niveles de la empresa de esta manera se hará de obligatorio cumplimiento y contribuirá a la prevención de situaciones que puedan catalogarse como acoso laboral…

 

POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL Y COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

 

La conformación del comité de Convivencia Laboral  es otra de las medidas preventivas sugeridas en la resolución y política es un insumo muy útil para el Comité, que les permitirá alinear sus actuaciones al cumplimiento de las pautas que en ella se hayan establecido, adicionalmente el tipo de faltas en convivencia que pueden prevenir e identificar en el ambiente laboral.

 

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